Abogado penalista de la Universidad Externado de Colombia. Magister Legum de la Universidad de Osnabrück (Alemania). Ex Auxiliar de Magistrado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Especialista en Derecho Procesal Penal de la Universidad Externado de Colombia y Derecho Económico, Universidad Nacional de Colombia. Investigador asociado al Instituto Max Planck (Freiburg). Litigante en Derecho Penal y Constitucional. Presidente de la Fundación Puniendi. Miembro del Colegio de Abogados Penalistas de Colombia. Autor de varias obras jurídicas, artículos académicos y columnista en varios medios.
Litigio, asesoría y consultoría en asuntos penales para personas naturales y jurídicas. Actuamos como apoderados de víctima o defensores en el sistema penal de la ley 600 de 2000 y el actual Sistema Penal Acusatorio – Ley 906 de 2004, ante la Fiscalía General de la Nación; Jueces Municipales, del Circuito, Especializados, Tribunales Superiores de Distrito y Corte Suprema de Justicia, especialmente en delitos contra la Administración Pública, contra la Fe Pública y Patrimonio Económico, contra la Vida e Integridad Personal, contra el Orden Económico y Social, y en delitos con los Derechos Humanos y Derecho Internacional Humanitario.
Defensa de abogados y funcionarios públicos en procesos disciplinarios por cargos por inobservancia del ordenamiento superior y legal vigente, por omisión o extralimitación en el ejercicio de sus funciones y deberes que le asisten al servidor público o al particular que cumple funciones públicas.
Casos de Reparación Directa, cuando se busca que sean reparados todos los daños causados por una entidad estatal, esta acción encuentra su base jurídica en el artículo 90 de la Constitución Política el cual establece que el estado deberá responder por el daño antijurídico que cause.
La Constitución Política de Colombia de 1991 establece diferentes mecanismos de
protección para los derechos e intereses jurídicos de la ciudadanía y les otorga una mayor participación social en defensa y representación de sus intereses particulares o comunitarios. Acciones constitucionales: